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Se publica en el DOF reformas para la protección y cuidado de animales

Se publica en el DOF reformas para la protección y cuidado de los animales
Se publica en el DOF reformas para la protección y cuidado de animales

Ciudad de México. La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo promulgó el decreto que reforma los artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 

Estas modificaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, representan un hito al incorporar explícitamente la protección y cuidado de los animales como parte del marco jurídico del país.

Principales reformas y adiciones

  1. Artículo 3o.
    En el ámbito educativo, se establece que los planes y programas de estudio incluyan, entre otros aspectos, el cuidado del medio ambiente y la protección de los animales. Este enfoque busca fomentar desde temprana edad una cultura de respeto hacia los seres vivos, promoviendo la conciencia ambiental y la empatía como valores fundamentales.
  2. Artículo 4o.
    Se prohíbe constitucionalmente el maltrato animal. Además, se señala la obligación del Estado mexicano de garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, bajo los lineamientos establecidos por las leyes específicas. Esta disposición refuerza el reconocimiento de los animales como seres que deben recibir un trato digno y ético.
  3. Artículo 73.
    Se otorga al Congreso de la Unión la facultad de expedir leyes que regulen la concurrencia entre los distintos niveles de gobierno en materia de bienestar animal. Esta medida abarca desde la preservación del equilibrio ecológico hasta el bienestar y la protección de los animales, promoviendo la coordinación entre el Gobierno Federal, los estados y los municipios para una aplicación efectiva de estas políticas.

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Próximos pasos: Ley General en Materia de Bienestar Animal

El decreto establece un plazo de 180 días para que el Congreso de la Unión formule y apruebe la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales. 

Esta legislación deberá contemplar:

  • Prohibición del maltrato animal en prácticas relacionadas con su crianza, aprovechamiento y sacrificio, así como su uso en espectáculos con fines de lucro.
  • Regulaciones para el control de plagas y riesgos sanitarios, equilibrando las necesidades humanas y el bienestar animal.
  • Medidas específicas que reflejen la naturaleza y vínculos de los animales con las personas, estableciendo un marco ético y técnico sólido.

Transitorios y alcance presupuestal

El decreto también estipula que las acciones derivadas de estas reformas se financiarán con recursos ya aprobados en los presupuestos de egresos. Esto asegura la implementación sin necesidad de solicitar recursos adicionales, un factor

clave para garantizar la viabilidad financiera de las medidas sin afectar otras áreas presupuestales.

Impacto y trascendencia

Estas reformas colocan a México a la vanguardia en la protección de los animales dentro de la región, al integrar un enfoque de bienestar animal en su Constitución. El avance no solo refuerza el compromiso del país con los derechos ambientales, sino que también reconoce el valor intrínseco de los animales en la sociedad. Además, busca promover una convivencia más armónica entre los seres humanos y el entorno natural, abriendo paso a nuevas oportunidades educativas y legislativas.

Con estas modificaciones, el Gobierno de México se compromete a consolidar un marco normativo que impulse políticas públicas robustas en favor de los animales, en sintonía con las tendencias internacionales en materia de derechos ambientales y de biodiversidad.

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